jueves, 14 de noviembre de 2013

UNA SENTENCIA INJUSTA Y ABSURDA

Desde hace ya varias semanas diversas organizaciones civiles y algunos sectores de la Iglesia Católica en la República Dominicana han levantado la voz en defensa de los derechos fundamentales de todos los perjudicados por la sentencia número 168-13 del Tribunal Constitucional del país. La comunidad internacional también ha empezado a denunciar la flagrante injusticia de dicha sentencia, que amenaza con dejar a cerca de 200.000 personas sin identidad nacional. Es obvio que cada país es soberano para establecer sus leyes de inmigración y decidir a quienes les concede la nacionalidad o a quienes no; en lo que no se puede estar de acuerdo es que el Tribunal Constitucional dominicano, en esta sentencia, arrebata la nacionalidad a ciudadanos y ciudadanas dominicanos a la vez que viola la Constitución Dominicana vigente desde 2010.

Todo este conflicto comenzó en 2012 con el recurso de revisión constitucional presentado por la señora Juliana Dequis Pierre, de padres haitianos, pero nacida y afincada toda su vida en República Dominicana. El recurso se originó porque la Junta Central Electoral se negó a entregarle un acta original de nacimiento para tramitar su cédula de ciudadanía. La negativa se debía a que la Sra. Dequis tiene apellidos haitianos. Como resultado de dicho proceso el pasado 23 de septiembre de 2013 el Tribunal Constitucional falló en favor de la Junta Central Electoral y a la señora Juliana se le denegó el derecho al acta de nacimiento y con ello a su nacionalidad. En la misma sentencia el Tribunal abría la puerta a desnacionalizar a más de cuatro generaciones de dominicanos y dominicanas que están en la misma situación legal que la señora Juliana Dequis Pierre. Se deriva de la sentencia que el único delito que han cometido es ser de ascendencia haitiana.

En resumen: esta sentencia arrebata la nacionalidad a todas aquellas personas que durante ocho décadas (desde 1929) fueron registradas como dominicanas pero cuyos padres eran “migrantes irregulares”. Ello afecta directamente y sobre todo a miles de personas de ascendencia haitiana que hasta ahora estaban al amparo de la Constitución y de las leyes vigentes en el momento de su nacimiento y ratificada en el artículo 18.2 de la actual Constitución (de 2010). Se calcula que cerca de 200.000 dominicanos de origen haitiano quedarán afectados por esta ley. En el caso de que se aplique, perderán su nacionalidad y se convertirán en apátridas, la mayoría de ellos de manera retroactiva por el supuesto delito de sus padres o abuelos, que llegaron y vivieron en el país de forma “irregular”. 

Esta polémica sentencia, además, decide ignorar algo obvio: que la inmigración haitiana en la República Dominicana es (como todos los fenómenos migratorios) un proceso complejo, propiciado por causas económicas, en el que las dos partes (el país que envía y el que recibe los inmigrantes) obtienen beneficios. El inmigrante busca salir de la pobreza, y quien lo recibe obtiene mano de obra barata para su economía nacional. Penalizar a hijos y nietos de inmigrantes irregulares haitianos, negándoles la nacionalidad, después de que sus padres y abuelos fueran traídos mediante contratos bilaterales entre los dos gobiernos, y se establecieran y trabajaran en durísimas condiciones en la República Dominicana, es, en pocas palabras, un ejercicio de cinismo.

Por otra parte, la sentencia debilita el estado de derecho del país y, con ello, incrementa la vulnerabilidad de los más pobres, al violar los principios de favorabilidad y no retroactividad de la ley, establecidos en la Constitución Dominicana de 2010 en los artículos 74.4 y 110 respectivamente. Los afectados por la sentencia son hombres, mujeres y niños que consideran la República Dominicana como su única patria, pues no conocen otro país ni otra cultura, ni otra lengua, son 100% dominicanos y sin embargo, ahora se les niega dicha nacionalidad.

La sentencia no sólo perjudica a miles de dominicanos y dominicanas sino que alienta en el resto de la población el anti-haitianismo (de hondas y complejas raíces históricas y sociales) que siempre ha estado latente pero que ahora se hace explícito, creando, por ende, más malestar y conflictos sociales. Sectores autodenominados “nacionalistas” han salido a las calles a respaldar la sentencia del Tribunal Constitucional y a negar la injusticia que dicha sentencia supone. Si fueran realmente nacionalistas defenderían el derecho a la nacionalidad de todos aquellos dominicanos y dominicanas afectados por la sentencia. Una vez más se ve que en el trasfondo de la cuestión está el resentimiento hacia el pueblo haitiano y su descendencia en República Dominicana.

En estos momentos el país está dividido entre los que aplauden la sentencia y los que la desautorizan. Las encuestas muestran que más o menos la mitad de los dominicanos apoya la sentencia y la otra mitad la rechaza. También hay quienes están de acuerdo con la sentencia pero no con su carácter retroactivo hasta 1929. Esta división, aparte de generar malestar social, perjudica las relaciones entre los dos países y afecta negativamente a la economía binacional. Los afectados por la sentencia 168-13 carecerán de documentos legales para estudiar, trabajar, registrar a sus hijos o acceder a cualquier servicio básico público. Es una situación crítica a la que un estado democrático del siglo XXI debe saber encontrar soluciones que pasen por respetar los derechos humanos de todos los que viven y trabajan en su suelo. El camino que les queda a los afectados es luchar para que se respeten sus derechos fundamentales, haciendo oír su grito de angustia a la comunidad internacional, esperando que el mundo se solidarice con ellos. Y para los que trabajamos con ellos, el camino es acompañarles en esta lucha por el respeto de sus derechos fundamentales y ayudarles a hacerse oír.   

Juan Manuel Camacho

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